Re: Confidencialida, acuerdos legalmente ejecutables
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Hola "Salmacu"
La norma pide que el personal mantenga confidencialidad de la información (del cliente) obtenida o creada durante la realización de las actividades, y como bien apuntas en tu comentario, los acuerdos firmados por el personal son un medio para evidenciar tal confidencialidad.
En relación al desvío, tiene que ver con lo descrito en el punto 4.2.1. "El laboratorio debe ser responsable, por medio de acuerdos legalmente ejecutables, de la gestión de toda la información obtenida o creada (...). Un acuerdo a diferencia de un contrato (7.1) es una decisión tomada entre dos personas, un asentamiento mutuo en un momento determinado.
Al ser un laboratorio pequeño que no emite "contratos", pueden incluir en los presupuestos tal responsabilidad, es importante que recuerdes que la norma es la que se debe adaptar al laboratorio no viceversa, así evitaras llenarte de papeles. Por experiencia como evaluador/auditor he visto que los laboratorios identifican en los presupuestos tales responsabilidades, por lo que lo consideraría una manera de evidenciar cumplimiento.
Ten en cuenta que en tales documentos (acuerdos) quede claramente identificas las partes , cuál es el acuerdo en relación a la confidencialidad, tiempo, infracciones etc; además de asegurarte que el cliente lee, entiende y esta de acuerdo con las condiciones del servicio incluidas en ese presupuesto.
Espero haber sido de ayuda.
Saludos