Navegando por este hilo: 1 Usuarios anónimos
LUPI LUPI
  • Just popping in
  • Just popping in
  • Joined: 2011/6/24 7:21
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 2
  • Level : 1
    HP : 0 / 0
    MP : 0 / 30
    EXP : 2
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/24 7:24
¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #1

Agradecería me indicara alguien por cuanto tiempo debemos mantener conservados y custodiados todos los registros generados (actas, partes de trabajo, etc).

Ignaciog Ignaciog
  • Home away from home
  • Home away from home
  • Joined: 2009/3/12 1:22
  • From Madrid
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 315
  • Level : 16
    HP : 0 / 389
    MP : 105 / 20043
    EXP : 59
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/24 7:46
Re: ¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #2

hola,

el tiempo de conservación en variable, como norma general y por requerimiento de determinadas entidades de certificación se ha generalizado el tiempo de conservación de tres años, tiempo que coincide con la validez de los certificados emitidos.

Si generas una enorme cantidad de volumen de determinados registros, por ejemplo pedidos o albaranes internos, puedes reducir este periodo y dejarlo en 3 o 6 meses.

Cuidado con los requerimientos legales, por ejemplo  con las facturas, que tienen un tiempo de conservación marcado por la legislación.

saludos,

Ignacio

http://hederaconsultores.blogspot.com

LUPI LUPI
  • Just popping in
  • Just popping in
  • Joined: 2011/6/24 7:21
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 2
  • Level : 1
    HP : 0 / 0
    MP : 0 / 30
    EXP : 2
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/24 7:58
Re: ¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #3

muchísimas gracias. No obstante, actualmente dependemos del propio Ministerio de Fomento y no nos saben decir por cuanto tiempo debemos guardar, sobretodo, actas de resultados y partes de trabajo. Tampoco lo especifica en la misma legislación actual sobre Laboratorios de calidad en la Edificación. Sorprendente¡

 

Saludos

Ignaciog Ignaciog
  • Home away from home
  • Home away from home
  • Joined: 2009/3/12 1:22
  • From Madrid
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 315
  • Level : 16
    HP : 0 / 389
    MP : 105 / 20043
    EXP : 59
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/24 8:14
Re: ¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #4

pues si no sabe lo que quiere el mismo ministerio..... actúa con prudencia y guarda los registros todo el tiempo que puedas, aquí las normas y el sentido común quedan en segundo plano.

suerte y saludos,

Ignacio

http://hederaconsultores.blogspot.com

jjleco jjleco
  • Not too shy to talk
  • Not too shy to talk
  • Joined: 2008/3/4 5:19
  • From Barcelona
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 35
  • Level : 4
    HP : 0 / 92
    MP : 11 / 5006
    EXP : 68
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/24 8:17
Re: ¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #5

Si estáis acreditados por ENAC (o pensáis acreditaros), debéis consultar el CGA-ENAC-LEC (que es un documento de obligatorio cumplimiento).

En su punto 4.13.1.2 indica:

"Los registros deberán conservarse, al menos, durante 5 años o, en su caso, el periodo que establezcan otras disposiciones aplicables (el mayor de ellos)."

No obstante, dado que vuestro trabajo está relacionado con la edificación, yo me plantearía guardar los documentos durante más tiempo, por lo menos hasta que se extinga la responsabilidad del constructor en una obra. Mejor que lo consultéis con algún colegio profesional.

 

 

wilvivas wilvivas
  • Home away from home
  • Home away from home
  • Joined: 2009/4/22 12:15
  • From Poza Rica, Veracruz, México
  • Group: Usuarios Registrados
  • Publicaciones: 2566
  • Level : 40
    HP : 0 / 990
    MP : 855 / 50610
    EXP : 62
  • Offline
  • Publicado en: 2011/6/25 5:27
Re: ¿Cuál es el tiempo de conservación de los documentos? #6
Referencia:
jjleco escribió:

Si estáis acreditados por ENAC (o pensáis acreditaros), debéis consultar el CGA-ENAC-LEC (que es un documento de obligatorio cumplimiento).

En su punto 4.13.1.2 indica:

"Los registros deberán conservarse, al menos, durante 5 años o, en su caso, el periodo que establezcan otras disposiciones aplicables (el mayor de ellos)."

No obstante, dado que vuestro trabajo está relacionado con la edificación, yo me plantearía guardar los documentos durante más tiempo, por lo menos hasta que se extinga la responsabilidad del constructor en una obra. Mejor que lo consultéis con algún colegio profesional.

 

 

 

Como te lo menciona jjleco las entes acreditadoras en sus procedimientos mencionan que son 5 años mínimo (registros del sistema) ellos no mencionan otro tipo de documentación, sin embargo te recomiendo que verifiques las leyes aplicables en tu país ya que generalmente existen regulaciones que hacen incapié en documentación del tipo financiero.

Saludos. 

Ing. Wilbert Arturo Vivas TorrezVeritas et TriumphusDirector y consultorConsultoría, capacitación y auditoría en:- ISO 9001- ISO 14001- ISO 45001- ISO/IEC 17025- ISO/IEC 17021- ISO/IEC 17020- FSSC 22000Cel. (+52) 782 185 3484
Design by: portalcalidad